Protección de cavidades


Los murciélagos cavernícolas son altamente gregarios y en la Comunidad Valenciana llegan a formar agrupaciones de hasta 16.000 ejemplares en una misma cueva. Las cavidades naturales (cuevas y simas) tienen una gran relevancia para estos mamíferos, ofreciendo una gran cantidad de beneficios a las poblaciones que albergan.


Entre los beneficios del refugio destacan los siguientes:

1) la temperatura y humedad constantes de su interior, que les permite mantener con eficacia su temperatura corporal y el de sus crías,
2) la inaccesibilidad de algunas cuevas, que permite mantenerse fuera del alcance de los depredadores,
3) la complicada estructura de sus paredes y bóvedas, que ofrece la posibilidad de compartir el refugio hasta 8 especies diferentes.

Este papel tan relevante del refugio y la escasez de ejemplares de estas especies hace que sólo unas pocas cavidades representen verdaderos santuarios para los quirópteros, recogiendo todas las colonias conocidas de las especies más amenazadas, como el Murciélago mediano de herradura y el M. ratonero patudo. Únicamente unas 40 cuevas de entre las más de 10.000 conocidas albergan colonias de reproducción o hibernación de murciélagos y por ello es fundamental la protección de las mismas. Cualquier molestia en el interior de estas cuevas puede provocar la muerte de las crías al caer al suelo y/o la huida de los ejemplares adultos que acaban criando en lugares menos apropiados.

Todo esfuerzo para mantener estas cavidades sin molestias en su interior es fundamental para conseguir el éxito en estas labores de conservación.

Por ello la Generalitat Valenciana ha aprobado dos Decretos que regulan el acceso a las cavidades:



1.     DECRETO 82/2006 DEL 9 DE JUNIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE RECUPERACIÓN DEL MURCIÉLAGO RATONERO PATUDO Y DEL MURCIÉLAGO DE HERRADURA EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

2.     DECRETO 36/2013 DEL 1 DE MARZO, POR EL QUE SE DECLARAN COMO ZONAS DE ESPECIAL CONSERVACION (ZEC) DETERMINADOS LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA (LIC) CONSTITUIDOS  POR CAVIDADES SUBTERRANEAS Y SE APRUEBA SU NORMA DE GESTION.



Según estos Decretos  las cavidades con acceso restringido son las siguientes: